Micelio
Auto12 de agosto de 2014

A- de 2014

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Carlos Fabian Molina Vallejo·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Conserva competencia preferente para intervenir en cumplimiento de sus providencias
Accion De Tutela En Materia De Derecho A La Educacion
  • No asumir trámite de solicitud de cumplimiento de sentencia T-860/13
  • Competencia del juez de primera instancia para dar cumplimiento a sentencia T-860/13
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El memorialista solicita a la Sala de Revisión asumir el cumplimiento de la sentencia T-860/13, en razón a que su acatamiento se efectuó a través de una actuación que, en su criterio, también vulneró sus derechos fundamentales y se constituyó en una barrera que impidió el efectivo ejercicio de sus garantías constitucionales.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el cumplimiento de los fallos de tutela y la competencia de la Corporación para adoptar las decisiones requeridas con el fin de materializar el cumplimiento de sus fallos.

La Sala decide no asumir el trámite de la solicitud y remitir la misma al juzgado de primera instancia, para que determine lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NO ASUMIR el trámite de la solicitud de cumplimiento incoada por el ciudadano Carlos Fabián Molina Vallejo.
  2. Segundo. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR al Juzgado Setenta y Tres Civil Municipal de Bogotá la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-860 de 2013, para que determine lo de su competencia.
  3. Tercero. Por medio de la Secretaría General de esta Corte, INFORMAR al solicitante del trámite otorgado a su requerimiento.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.